Aprueban diputados nueva ley del deporte

Producto de siete foros de consulta



* Será un parteaguas en cultura física de la entidad: Iván Gurrola

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la nueva Ley Cultura Física y Deporte del Estado, la cual tiene como finalidad fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de esta actividad, así como el mejoramiento de los espacios públicos destinados para ejercitarse.

Una vez que la Comisión de Juventud y Deporte analizó las iniciativas presentadas por el gobernador Jorge Herrera Caldera y otra por los diputados Manuel Herrera Ruiz, Agustín Bonilla y en su momento Carlos Contreras Galindo, los legisladores consideraron pertinente someterla a consideración de la Legislatura.

Cabe destacar que para elaborar este nuevo ordenamiento se realizaron siete foros de consulta pública regionales los cuales se llevaron a cabo con la participación de deportistas, entrenadores, asociaciones, clubes deportivos, instituciones educativas, la iniciativa privada y la ciudadanía en general, quienes presentaron sus propuestas.

En este sentido, se crea el Registro Estatal del Deporte, el cual se integrará con datos de los deportistas, de los organismos deportivos, así como el listado de las instalaciones para la práctica del deporte y de los eventos que determine el reglamento de esta ley.

Los deportistas duranguenses que hubieren competido oficialmente, representando a México, el Gobierno del Estado otorgará una pensión mensual, si participaron en juegos Olímpicos y Paralímpicos de hasta 100 veces el salario diario mínimo, en Juegos Panamericanos de hasta 80 veces el salario diario y en Juegos Centroamericanos hasta 60 veces el salario diario y de forma vitalicia a quienes obtengan medalla, en este último caso.

Este nuevo ordenamiento tiene como prioridad impulsar el desarrollo integral de todos los duranguenses, regular el deporte amateur y profesional, pero sobretodo colocar la legislación deportiva de Durango a la vanguardia, abrogando la Ley vigente.
De esta manera, el Titular del Poder Ejecutivo Estatal deberá expedir el o los reglamentos de la presente Ley dentro de un término no mayor a 180 días posteriores a su entrada en vigor.

En un plazo no mayor a 60 días posteriores a la entrada en vigor este decreto, deberán integrarse el Consejo Estatal del Deporte y la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte Duranguense.